DJEMDJEMIAN, MARCELA ALEJANDRA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de las reiteradas interrupciones en el servicio de energía eléctrica. La Cámara Civil y Comercial Federal modificó parcialmente la sentencia y redujo los montos indemnizatorios reconocidos.
¿Quién es el actor?
Marcela Alejandra Djemdjemian
¿A quién se demanda?
Edesur S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por interrupciones en el servicio de energía eléctrica
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo los montos de indemnización por daño material a $300.000, daño moral a $800.000 y confirmando los daños punitivos en $500.000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La responsabilidad de Edesur es inexcusable, ya sea por ser propietaria de la cosa dañosa o por incumplimiento del servicio.
- El daño material por gastos realizados debe fijarse prudencialmente, atendiendo a la duración e intensidad de los cortes.
- El daño moral es procedente por la afectación a la dignidad del usuario ante la deficiente prestación de un servicio público esencial.
- Los daños punitivos proceden por la conducta grave y reiterada de Edesur, evidenciando una actitud de indiferencia hacia los usuarios.
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