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EMBAJADA DE SUIZA EN LA REPUBLICA ARGENTINA c/ MARTINEZ, FRANCISCO GONZALO s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA

La Embajada de Suiza en Argentina cuestionó el registro de la marca Ortopedia Suiza Group solicitado por un particular. La Cámara revocó la decisión que había declarado infundada la oposición, prohibiendo el registro de la marca.

Oposicion Marca Estado extranjero Nombre geografico Engano al consumidor Convenio de paris

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Embajada de Suiza en Argentina presentó una oposición contra el registro de la marca "Ortopedia Suiza Group" solicitada por Francisco Gonzalo Martínez. El Director Nacional de Marcas del INPI declaró infundada la oposición. La Embajada apeló esa decisión. La Cámara Civil y Comercial Federal, Sala I, revocó la resolución del INPI. Consideró que el uso del término "Suiza" en la marca solicitada otorga una proyección engañosa sobre los productos, haciéndolos presumir como oficialmente respaldados por Suiza, lo cual está prohibido por la ley de marcas y el Convenio de París. Por lo tanto, resolvió revocar la resolución que había declarado infundada la oposición, prohibiendo así el registro de la marca "Ortopedia Suiza Group". Los fundamentos principales son:
- La marca solicitada utiliza un nombre geográfico (Suiza) que indica el lugar de procedencia, lo cual está prohibido por la ley de marcas.
- Esto puede generar una proyección engañosa sobre los productos, haciéndolos presumir con un respaldo oficial de Suiza que en realidad no tienen.
- La ley de marcas y el Convenio de París prohíben el registro de marcas que utilicen nombres de estados extranjeros sin su autorización.

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