Logo

SCHEPP, LAURA GRACIELA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora demandó a la empresa Edesur por daños y perjuicios derivados de interrupciones en el servicio eléctrico. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia y redujo el monto reconocido por daño material, pero confirmó el daño moral y rechazó los daños punitivos.

Dano moral Danos y perjuicios Dano material Danos punitivos Servicio publico Interrupcion suministro electrico


¿Quién es el actor?

Laura Graciela Schepp

¿A quién se demanda?

Edesur S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por interrupciones en el servicio eléctrico

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto reconocido por daño material a $100.000 y rechazando los daños punitivos, pero confirmando el daño moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En cuanto al daño material, si bien no se requiere una prueba detallada, el monto debe fijarse prudentemente atendiendo a las circunstancias del caso. Aquí, considerando la duración y cantidad de los cortes, se fijó el daño material en $100.000.
- Respecto al daño moral, existe una afectación a la dignidad y a las necesidades básicas del usuario por la falta de servicio, configurándose el daño "in re ipsa".
- En relación a los daños punitivos, si bien este instituto tiene carácter excepcional, no procede aplicarlo ante incumplimientos esporádicos y de corta duración del servicio, sino que debe analizarse la gravedad y reiteración de la conducta.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar