M. B. c/ G. R. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto a la tasa de interés aplicable.
¿Quién es el actor?
B. E. M.
¿A quién se demanda?
R. H. G.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, readecuando la tasa de interés a aplicar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los jueces no están obligados a analizar exhaustivamente todos los argumentos, sino solo los necesarios para resolver la cuestión.
- La expresión de agravios de la citada en garantía no cumplía con los requisitos del art. 265 CPCC, tratándose de un mero disenso.
- La pericia contable que determinó la vigencia de la cobertura asegurativa al momento del hecho no fue cuestionada con argumentos válidos.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar la tasa activa cartera general (préstamos) del Banco Nación desde el momento de la mora y hasta el pronunciamiento apelado, y luego la tasa más alta del BCRA.
- La aplicación del art. 770 inc. c) CCCN no genera agravio a la citada en garantía, ya que la solución es análoga a la prevista en el Código Civil derogado.
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