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FIGUEROA JUAN PABLO c/ TRANSPORTES AUTOMOTORES RIACHUELO SA (TARSA) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil redujo el monto indemnizatorio por incapacidad física y rechazó el resarcimiento por tratamientos psicoterapéuticos.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Incapacidad fisica Tratamientos psicoterapeuticos

Actor: Juan Pablo Figueroa Demandados: Transportes Automotores Riachuelo S.A. (TARSA) y Garantía Mutual Seguros del Transporte Público de Pasajeros Objeto: Demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito Decisión:
- Se reduce el monto indemnizatorio por incapacidad física sobreviniente de $30.000 a $24.000.
- Se rechaza el resarcimiento por "gastos por tratamientos psicoterapéuticos y/o psiquiátricos" por falta de fundamentación.
- Se modifica el cómputo de intereses sobre la partida de gastos materiales de reparación de la motocicleta, aplicándolos desde la sentencia de primera instancia.
- Se aclara que la condena a la aseguradora es en los términos del art. 118 de la Ley de Seguros.
- Se confirma lo demás.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La perito médica acreditó secuelas de cervicalgia y limitación funcional de muñeca izquierda, por lo que corresponde indemnizar la incapacidad física, aunque se reduce el monto.
- No hubo fundamentación suficiente para admitir el rubro de tratamientos psicoterapéuticos.
- Corresponde aplicar intereses desde la sentencia de primera instancia sobre los gastos de reparación de la motocicleta.
- La condena a la aseguradora es en los términos del art. 118 de la Ley de Seguros.

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