I. , S. I. c/ S., M. M. Y OTRO s/REDARGUCION DE FALSEDAD
La demandante promovió redargución de falsedad contra su ex cónyuge, una martillera y una escribana. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y declaró insinceras las aseveraciones de la escritura pública respecto del precio y forma de pago.
¿Quién es el actor?
S. I. I.
- Demandados: M. M. S. (ex cónyuge), M. B. M. (martillera) y M. C. H. de P. (escribana)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Redargución de falsedad de escritura pública
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se declaró insinceras las afirmaciones de la escritura pública sobre el precio y forma de pago del inmueble.
Los fundamentos principales son:
- La escritura pública hace plena fe de los hechos que el escribano ha anunciado como cumplidos en su presencia, como la entrega del precio. Esa constancia sólo puede ser desvirtuada por una acción de redargución de falsedad.
- La demandante había adoptado una postura defensiva en la acción declarativa entre las mismas partes, por lo que la redargución de falsedad de la escritura era necesaria e imprescindible para sus intereses.
- Si bien el escribano sólo puede dar fe de que las declaraciones de las partes se realizaron en su presencia, pero no de su sinceridad, sí debe dar fe de los hechos que ocurrieron en su presencia, como la entrega del dinero por un monto distinto al consignado.
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