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V. M. C. c/ G. J. C. s/DIVORCIO

Matrimonio decretado en divorcio sin atribución de culpabilidad al aplicar nueva normativa legal.

Divorcio Matrimonio Nuevo codigo civil y comercial Atribucion de culpa Normas procesales


¿Quién es el actor?

M. C. V.

¿A quién se demanda?

J.C. G.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Divorcio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia que había decretado el divorcio por culpa exclusiva del demandado, y resolvió decretar el divorcio vincular prescindiendo de atribución de culpabilidad, en aplicación del nuevo Código Civil y Comercial que suprimió las causales subjetivas de divorcio. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El Código Civil y Comercial, vigente al momento de dictarse la sentencia, debe aplicarse a la decisión sobre la extinción del vínculo matrimonial, por tratarse de una consecuencia de la relación jurídica que aún no había sido resuelta definitivamente.
- El nuevo ordenamiento suprimió las causales subjetivas de divorcio, por lo que corresponde decretarlo sin atribución de culpa.
- Si bien existen nuevas normas procesales para el divorcio, esto no obsta a que el tribunal se pronuncie sobre la cuestión de fondo, debiendo luego cumplirse los recaudos legales en la instancia de grado.
- Se modifica la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado, en atención al cambio legislativo operado.

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