FERNANDEZ CARINA ELIZABETH c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA SACI Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Civil modificó la sentencia y ajustó la tasa de interés aplicable.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Redujo la tasa de interés aplicable, fijándola en el 8% anual desde el hecho hasta la sentencia recurrida, y a partir de allí en la tasa activa del Banco Nación. Confirmó el resto de lo decidido.
Fundamentos relevantes:
- El Código Civil y Comercial rige a partir de su entrada en vigencia, sin afectar derechos adquiridos. Por lo tanto, los intereses devengados hasta el 1/8/2015 se rigen por el Código Civil anterior, y los posteriores por el nuevo Código.
- Si bien el nuevo Código no atribuye expresamente a los jueces la facultad de fijar la tasa de interés moratorio, esta debe entenderse subsistente, en pos de la flexibilidad y la búsqueda de la solución más justa para el caso.
- En consecuencia, corresponde aplicar la tasa del 8% anual desde el hecho hasta la sentencia recurrida, y la tasa activa del Banco Nación a partir de allí.
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