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A. A. M. c/ B. M. A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y ordenó computar los intereses en forma diferenciada.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos y perjuicios Tasa de interes moratorio

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el monto de la indemnización por daño moral pero ordenó aplicar la tasa pasiva de interés desde el hecho hasta la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, y luego la tasa activa hasta el pago efectivo, con algunas excepciones. Fundamentos relevantes:
- El daño moral y el daño psíquico no son indemnizables por separado, sino que deben valuarse conjuntamente como incapacidad sobreviniente.
- La sola fijación de montos a valores actuales no implica indexación prohibida, por lo que corresponde aplicar la tasa activa de interés moratorio.
- No se verifica un enriquecimiento indebido del acreedor con la aplicación de la tasa activa, salvo en el período anterior a la vigencia del nuevo Código.

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