BAYON EVARISTO NICASIO Y OTROS c/ PARDO MARCOS LUCERO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y distribuyó la responsabilidad en partes iguales entre la víctima y el demandado, redujo algunas partidas indemnizatorias y declaró la inconstitucionalidad de la limitación del art. 1078 del Código Civil.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito donde falleció Claudia Noemí Morales
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, distribuyendo la responsabilidad en partes iguales entre la víctima y el demandado, reduciendo algunas partidas indemnizatorias por daño psíquico y moral, y declarando la inconstitucionalidad de la limitación del art. 1078 del Código Civil. "No se encuentra discutida la ocurrencia del hecho, ni la participación de los nombrados en el mismo. Bien encuadrada la cuestión, entonces, en la segunda parte, segundo apartado, del art.1113 del Código Civil, la actividad probatoria de las accionadas debía dirigirse a acreditar la eximente de responsabilidad alegada, pues de ello dependía la demostración del quiebre, siquiera parcial, del nexo causal. (…) Entiendo que en autos se ha configurado la culpa concurrente de la víctima en la producción del accidente de autos." "Asimismo, corresponde efectuar una revisión constitucional del art. 1078 del Código Civil, por resultar violatorio del derecho a la reparación integral del daño reconocido constitucionalmente. Se declara su inconstitucionalidad y la procedencia del reclamo de daño moral en favor de Amelia Aguilar, elevando el monto a $200.000."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: