A M E c/ M S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída en un pozo en la vereda. La Cámara modificó parcialmente la sentencia para aplicar la ley 23.982 sobre plazos de pago en la condena al Gobierno de la Ciudad.
Daños y perjuicios por caída en pozo en vereda
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la responsabilidad del Gobierno de la Ciudad y de M S.A. por falta de servicio y riesgo de la cosa, modificando sólo el plazo de pago de la condena al Gobierno local.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Gobierno de la Ciudad tiene el deber de mantener las veredas en condiciones adecuadas de transitabilidad, siendo responsable por el deficiente estado de la vereda donde ocurrió la caída.
- Los testimonios de los testigos resultaron verosímiles y confiables para acreditar la caída de la actora en el pozo mal cubierto.
- Se confirmó la indemnización por incapacidad (2%) y daño moral, pero se aplicó la ley 23.982 para diferir el pago al Gobierno local.
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