GONZALEZ MARIANO ALCIDES c/ COOR ECOLOGICA AREA METROPOLITANA SOC DEL ESTADO CEAMSE s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
¿Quién es el actor?
Mariano Alcides González
¿A quién se demanda?
Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (C.E.A.M.S.E.)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en la Autopista Camino del Buen Ayre.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad del concesionario vial C.E.A.M.S.E. con base en la relación de consumo y la obligación de seguridad a su cargo. Modificó el monto indemnizatorio por incapacidad psicofísica fijándolo en $90.000 y por daño moral en $30.000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La responsabilidad del concesionario se sustenta en la existencia de una relación de consumo bajo la tutela del art. 42 CN y la Ley de Defensa del Consumidor, que impone una obligación de seguridad objetiva.
- Se tuvo por acreditado que el actor circulaba por el corredor vial y sufrió daños por el impacto de un objeto (puerta o chapa) que se encontraba sobre la calzada, sin que la demandada haya logrado acreditar la ruptura del nexo causal.
- Los informes periciales médicos y psiquiátricos, debidamente fundados, justifican los montos indemnizatorios otorgados.
- Los intereses se calcularán desde el hecho hasta la sentencia a la tasa del 8% anual y desde allí a la tasa activa.
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