ARGENTORES c/ FHOSAN SA s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La Sociedad General de Autores de la Argentina de Protección Recíproca (ARGENTORES) demandó a Fhosan S.A. por cobro de aranceles de comunicación pública de obras. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que condenó al hotel a pagar los aranceles correspondientes.
¿Quién es el actor?
Sociedad General de Autores de la Argentina de Protección Recíproca (ARGENTORES)
¿A quién se demanda?
Fhosan S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de aranceles por comunicación pública de obras (literarias, dramáticas, musicales, etc.) en el establecimiento hotelero.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que condenó al hotel a pagar los aranceles.
Fundamentos principales:
- La difusión de obras en las habitaciones del hotel constituye un acto de "comunicación pública", aun cuando el lugar sea privado, ya que el hotel es un ámbito que rebasa el "domicilio exclusivamente familiar" y se dirige a un público indeterminado (los huéspedes).
- El hotel, como intermediario que transmite las obras con fines lucrativos, debe abonar los aranceles correspondientes a creadores, intérpretes y productores.
- Las normas que exigen la confección de planillas detalladas de las obras ejecutadas no son aplicables en estos casos, ya que resultaría imposible su cumplimiento sin violar la privacidad de los huéspedes.
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