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G.O. R. E.Y OTROS c/ E.N. H.SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los pasajeros promovieron demandas por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia y rechazó la demanda.

Accidente de transito Prioridad de paso Transporte publico Culpa de tercero Exoneracion de responsabilidad


- Actores: Pasajeros de un colectivo de la línea 148 (R E G O, R C R, A C L) y L P R
- Demandados: Empresa de transporte Nuevo Halcón S.A. y Mutual Rivadavia de Seguros
- Objeto: Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que chocó el colectivo con una camioneta Ford 350
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había condenado a la empresa de transporte y su aseguradora al pago de indemnizaciones a los pasajeros. La Cámara consideró que el accidente se debió a la culpa exclusiva de un tercero (conductor de la camioneta Ford 350) que se cruzó intempestivamente y a alta velocidad, sin respetar la prioridad de paso del colectivo. Por lo tanto, no encontró responsabilidad de la empresa de transporte. Fundamentos principales:
- La prioridad de paso del colectivo, conforme la normativa de tránsito, imponía al conductor de la camioneta el deber de ceder el paso.
- El conductor de la camioneta incumplió este deber, cruzándose intempestivamente a alta velocidad delante del colectivo, lo que impidió que este pudiera evitar la colisión.
- No puede hacerse responsable a la empresa de transporte por las consecuencias del obrar de un tercero ajeno al transporte.

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