M. E. E. c/ M. A. P. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una denuncia calumniosa realizada por la abogada demandada ante el Consejo de la Magistratura. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia y consideró que se configuró el ilícito civil de calumnias e injurias del art. 1089 del Código Civil.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Jueza Federal de Primera Instancia en la Seguridad Social n°5, demandó a la abogada A.P.M. por daños y perjuicios derivados de una denuncia efectuada por ésta ante el Consejo de la Magistratura, donde solicitaba la destitución de la jueza por supuestos delitos de prevaricato y denegación de justicia.
- El tribunal consideró que si bien la denuncia ante el Consejo de la Magistratura no configuraba el ilícito de acusación calumniosa del art. 1090 del Código Civil, sí se había configurado el delito civil de calumnias e injurias del art. 1089, al atribuirle a la jueza la comisión de delitos penales sin contar con elementos probatorios suficientes.
- Se confirmó la condena a la demandada al pago de $100.000 en concepto de daño moral, por considerar que la imputación de delitos dolosos en el ejercicio de la función judicial causó un grave agravio a la honorabilidad de la jueza.
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