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IANUZZI BEATRIZ LUJAN c/ MICROOMNIBUS NORTE SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad, daño moral y tratamiento kinesiológico.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Tasa de interes Incapacidad fisica Tratamiento medico


¿Quién es el actor?

Beatriz Lujan Ianuzzi
- Demandados: Microomnibus Norte S.A. y Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito
- Decisión del tribunal:
- Se eleva el monto de indemnización por incapacidad física a $45.000
- Se eleva el monto de indemnización por daño moral a $30.000
- Se eleva el monto de indemnización por tratamiento kinesiológico a $7.000
- Se modifica la tasa de interés, aplicando la tasa activa desde el día del hecho

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El informe pericial médico no fue impugnado y se debe aceptar por aplicación de los arts. 386 y 477 del CPCCN.
- La indemnización por incapacidad física es reducida considerando la edad y situación personal de la actora.
- El daño moral debe ser indemnizado en $30.000 teniendo en cuenta la repercusión emocional del hecho.
- El monto por tratamiento kinesiológico se eleva a $7.000 considerando los valores actuales.
- Corresponde aplicar la tasa activa desde el hecho para compensar adecuadamente a la víctima.

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