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COCOLA CARLOS GABRIEL Y OTROS c/ ARTE RADIOTELEVISIVO ARGENTINO S.A. s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

Actores intérpretes demandan a empresa televisiva por la comunicación pública de películas y programas en los que participaron. La Cámara confirma el reconocimiento de sus derechos y ordena el pago de la retribución correspondiente.

Obras audiovisuales Comunicacion publica Propiedad intelectual Retribucion Derechos de interpretes

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Actores (Carlos Gabriel Cocola, Betina Laura Cocola, Bety Rebeca Cosoy, Osvaldo Carlos Brandi, Javier Enrique Iriberry, Gustavo Alberto Rey, Marcos Woinski, José Néstor Guerrise y Juan Carlos Uccellatore) demandan a Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. por el cobro de sumas de dinero por la comunicación pública de películas, programas de televisión y unitarios en los que participaron.
- El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda y rechazó la excepción de prescripción interpuesta por la demandada.
- La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, considerando que los actores son intérpretes en los términos del art. 56 de la Ley 11.723 y tienen derecho a percibir una retribución por la comunicación pública de sus interpretaciones, sin perjuicio de los derechos del productor.
- Respecto a la determinación del monto, dada la ausencia de pautas concretas, la Cámara entendió que correspondía establecerlo prudencialmente, tal como lo hizo el juez de grado.
- La Cámara modificó parcialmente la sentencia únicamente en lo relativo a la imposición de costas, que se impusieron en el orden causado en todas las instancias.

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