CANEVARI MARINA LUZ c/ JUAN B. JUSTO S.A.T.C.I. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Marina Luz Canevari demandó a Juan B. Justo S.A.T.C.I. y Escudo Seguros S.A. por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados a abonar a la actora la suma de $113.000, más intereses y costas.
- Ambas partes apelaron la sentencia.
- La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la procedencia de la indemnización por daño moral ($50.000) y los gastos de farmacia, radiografías y asistencia médica ($1.000), pero declaró desiertos los recursos sobre la partida de incapacidad sobreviniente.
- Respecto al rubro incapacidad sobreviniente, la Cámara consideró que los agravios de las partes no cumplían con los requisitos técnicos exigidos y que el monto otorgado era adecuado.
- En cuanto al daño moral, la Cámara entendió que las lesiones sufridas por la actora y el hecho de haber padecido el accidente ameritaban el resarcimiento de $50.000.
- Finalmente, la Cámara confirmó la procedencia de los gastos médicos, ya que su erogación se presume razonable ante la entidad de las lesiones acreditadas.
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