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A. G. Y. Y OTRO c/ A. SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los vecinos promovieron demandas por daños en sus inmuebles causados por los trabajos de depresión de napas realizados para la construcción de un edificio. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y mantuvo la condena a los demandados al pago de las indemnizaciones, con algunas modificaciones en el cálculo de los intereses.

Dano moral Intereses Responsabilidad civil Construccion Danos a inmuebles

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Los actores, vecinos del predio de propiedad de A. S.A., demandaron por los daños en sus inmuebles causados por los trabajos de depresión de napas realizados para la construcción de un edificio.
- El juez de primera instancia condenó a la propietaria-constructora, al director de obra, al proyectista y a la empresa constructora a resarcir los daños, con fundamento en la responsabilidad objetiva del art. 1113 del Código Civil.
- La Cámara confirmó la responsabilidad de los demandados, pero modificó algunos aspectos de la sentencia, principalmente en relación al cálculo de los intereses. Estableció que la tasa activa debe aplicarse desde la fecha de los dictámenes periciales que fijaron los valores y no desde la fecha del hecho dañoso.
- Fundamentó que no corresponde una doble indemnización por la depreciación monetaria y que la tasa activa capta, en cierta medida, dicha depreciación. Por ello, la Cámara modificó la tasa de interés a aplicar.
- Respecto al reclamo por daño moral, la Cámara consideró que las sumas fijadas por el juez de grado eran razonables y adecuadas a las particularidades del caso.

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