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CORONEL MARIA CRISTINA c/ MICROOMNIBUS TIGRE SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída en un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda, considerando que el hecho dañoso fue atribuible a la propia víctima.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Culpa de la victima Causalidad Transporte publico


¿Quién es el actor?

María Cristina Coronel

¿A quién se demanda?

Microómnibus Tigre S.A. y su aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por caída de la actora al descender de un colectivo

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los testimonios indican que la caída se debió a que la actora se apresuró a descender cuando el colectivo amagaba con partir, lo que constituye una imprudencia de la propia víctima.
- La culpa de la víctima opera como causa extraña que interrumpe el nexo causal y la responsabilidad del transportista.
- Aun con presunciones de responsabilidad del transportista, la culpa de la víctima la exime total o parcialmente.

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