O. E. G. c/ V. N. J. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
¿Quién es el actor?
E. G. O.
- Demandados: N. J. V. y Liderar Compañía General de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por lesiones sufridas en un accidente de tránsito
- Decisión del tribunal: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (a $220.000) y daño moral (a $80.000). Asimismo, reconoció una indemnización por tratamiento psicológico y psiquiátrico ($35.600).
Fundamentos relevantes:
- La incapacidad sobreviniente comprende toda disminución física o psíquica que afecte la capacidad productiva y vida de relación de la víctima.
- El daño psíquico forma parte de la incapacidad sobreviniente, no es un rubro autónomo.
- Para cuantificar la incapacidad se deben ponderar distintas circunstancias como la edad, profesión, y disminución de posibilidades futuras.
- El daño moral comprende la afectación a los sentimientos y la perturbación de la tranquilidad de la víctima.
- Corresponde reconocer una indemnización por los tratamientos psicológicos y psiquiátricos futuros, al constatarse su necesidad.
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