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U S SA c/ ESTADO NAC MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION s/REPETICION

La actora apeló la sentencia que le hizo lugar parcialmente el reclamo por repetición de un tercio de la condena que había pagado. La Cámara confirmó la sentencia al entender que la ley de consolidación de deudas del Estado es de orden público y debe aplicarse inexorablemente.

Costas Intereses moratorios Repeticion Consolidacion de deudas Intereses de bonos


¿Quién es el actor?

U S S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetir el tercio de lo abonado en una condena solidaria previa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente al reclamo de la actora. Rechazó los agravios vinculados a la aplicación de la ley de consolidación de deudas del Estado y los intereses moratorios. Confirmó la sentencia en cuanto a la imposición de costas. Fundamentos principales:
- La ley de consolidación de deudas del Estado es de orden público, por lo que su aplicación es ineludible, postergando la efectivización del crédito por razones de bienestar general.
- Los intereses moratorios abonados por pagos fuera de término son independientes de los intereses que genera el capital representado por los bonos.
- La liquidación de intereses y actualizaciones aprobada oportunamente no fue objetada, por lo que no hay doble imposición.
- Las costas no importan sanción sino reintegro de erogaciones necesarias para el reconocimiento del derecho, por lo que corresponde su confirmación.

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