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P. G., B. Y OTRO c/ F., S. D. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Civil rectifica errores en los montos indemnizatorios sobre incapacidad sobreviniente, y aclara la fecha de la sentencia.

Incapacidad sobreviniente Tratamiento psicologico Danos y perjuicios Aclaratoria Rectificacion de fecha


¿Quién es el actor?

P. G., B. Y OTRO

¿A quién se demanda?

F., S. D Y OTROS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Sala de la Cámara Civil hizo lugar parcialmente al planteo de aclaratoria, reduciendo los montos establecidos en concepto de incapacidad sobreviniente, pero sin modificar el tratamiento psicológico ordenado en primera instancia. Además, rectificó un error en la fecha de la sentencia. Los principales fundamentos fueron:
- "Por resultar exacto lo expuesto por la actora en la presentación a despacho, al haberse incurrido en un error de copia, aclárase la sentencia de esta sala en lo que respecta a los montos establecidos en concepto de incapacidad sobreviniente, los que se reducen."
- "En cuanto al planteo introducido respecto del tratamiento psicológico, toda vez que el capítulo ahora propuesto no fue objeto de agravio alguno y la sentencia de primera instancia lo incluyó dentro de la partida correspondiente a incapacidad sobreviniente, nada cabe decidir al respecto."
- "Por advertir en este acto que ha mediado un error en el mes consignado al comienzo de la parte resolutiva de la sentencia, donde se lee "Buenos Aires, 26 de abril de 2017", debe leerse "Buenos Aires, 26 de junio de 2017"."

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