P.D. A. c/ MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia reduciendo la tasa de intereses.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, con la salvedad de los intereses, que deberán liquidarse a una tasa del 8% anual hasta la sentencia.
La Cámara señaló que:
- La Municipalidad de Avellaneda no logró acreditar la culpa del actor ni que el accidente se debió a su excesiva velocidad o impericia.
- El monto fijado por incapacidad física sobreviniente no resulta excesivo, debiéndose apreciar diversos factores como la edad de la víctima, su profesión, nivel socioeconómico, entre otros.
- Los rubros por gastos de farmacia, asistencia médica y traslado tampoco resultan elevados.
- En cuanto al daño moral, se ponderaron adecuadamente la gravedad de la culpa, la existencia de perjuicios materiales y las condiciones personales.
- Respecto a los intereses, se aplicará la tasa activa anual del Banco Nación solo a partir de la sentencia, ya que su aplicación desde el hecho dañoso implicaría un enriquecimiento indebido.
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