L. R. E. H. c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito al transitar por una calle con importantes imperfecciones y desniveles. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y ajustó la tasa de interés y el plazo de cumplimiento.
Indemnización por daños materiales y morales derivados de un accidente de tránsito al transitar por una calle en reparación
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al pago de una indemnización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tiene la obligación de mantener las calles en condiciones adecuadas para su uso público, y responde por los daños ocasionados por deficiencias en la conservación.
- Se acreditó el accidente sufrido por el actor al introducir la rueda de su motocicleta en un pozo no señalizado en la calle Dean Funes.
- Los daños materiales fueron acreditados con los presupuestos y fotografías aportados, y el daño moral se presume ante la ocurrencia del hecho dañoso.
- Se ajustó la tasa de interés a aplicar y el plazo de cumplimiento de la condena, estableciéndose 30 días para la parte que no supere el doble de la remuneración del Jefe de Gobierno.
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