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AGUERO EDUARDO DANIEL c/ ALVARENGA DARIO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente los montos indemnizatorios por incapacidad psíquica.

Accidente de transito Danos y perjuicios Incapacidad psiquica Transporte publico Franquicia

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?


- Se hace lugar parcialmente a la demanda
- Se fija una indemnización por daño psíquico de $15.300 a Agüero y $18.000 a Moraleda
- Se dispone la oponibilidad de la franquicia a la aseguradora

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La incapacidad psíquica, aunque leve, es un daño cierto y perdurable que amerita resarcimiento
- La franquicia pactada en el seguro de transporte público de pasajeros es oponible al tercero damnificado, conforme jurisprudencia de la CSJN

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