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M., D. c/ LINEA 132 NUEVOS RUMBOS SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída en un colectivo de la línea 132. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia y admitió la demanda condenando a la empresa de transporte.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Incapacidad Lucro cesante Transporte publico Franquicia

Daños y perjuicios por una caída sufrida como pasajera en un colectivo de la línea 132.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y admitió el reclamo condenando a la empresa de transporte, con excepción de la inoponibilidad de la franquicia a la víctima, en la que la Dra. Benavente tuvo disidencia parcial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actora acreditó que sufrió la caída en el colectivo, lo que se corroboró con testimonios y el informe médico de la atención recibida.
- Correspondía aplicar el régimen de responsabilidad objetiva previsto para el transporte, por lo que la actora no debía probar la culpa de la empresa.
- Se acreditaron los daños físicos y psicológicos sufridos por la actora, fijándose montos indemnizatorios por incapacidad, tratamientos, daño moral y lucro cesante.
- En cuanto a la franquicia, se la declaró inoponible a la víctima por resultar arbitraria conforme lo resuelto por la Corte Suprema, con disidencia parcial de la Dra. Benavente.

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