CIOCCI ALICIA CRISTINA c/ PEON CARMEN Y OTROS s/CONSIGNACION
La actora promovió demanda de consignación de deuda hipotecaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó parcialmente la sentencia, declarando prescriptos los intereses anteriores al 22 de octubre de 2007, y confirmando el rechazo de la consignación por falta de integridad del pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora promovió una demanda de consignación por un mutuo hipotecario. La jueza de primera instancia rechazó la demanda por falta de integridad del pago consignado. La actora apeló. La Cámara revocó parcialmente la sentencia, declarando prescriptos los intereses anteriores al 22 de octubre de 2007, en aplicación del plazo quinquenal previsto en el art. 4027 inc. 3 del Código Civil. Sin embargo, confirmó el rechazo de la consignación, considerando que la falta de integridad del pago no podía excusarse por el desconocimiento del monto a abonar, ya que la mora se remontaba al año 1999 y la actora recién consignó en 2012. La Cámara también confirmó la tasa de interés del 15% anual fijada por la jueza de primera instancia, en línea con lo resuelto en otro proceso ejecutivo relacionado con el mismo mutuo hipotecario.
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