R.D. C., M. B. c/ LA ELA SRL Y OTRO s/DESALOJO: OTRAS CAUSALES
La actora promovió demanda de desalojo contra las sociedades demandadas que ocupaban campos de su propiedad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y amplió el plazo para que los ocupantes efectúen el desalojo.
- Actora: M. B. R. de C.
- Demandados: Epulef S.R.L., La Ela S.R.L. y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo de fracciones de campo de propiedad de la actora
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda y se ordena el desalojo de los campos, modificándose el plazo para ello de 10 a 40 días.
Fundamentos principales:
- El usufructo vitalicio del padre de la actora, Sr. F.C.E.R., se extinguió por su fallecimiento, por lo que los contratos de arrendamiento suscritos por él también concluyeron.
- Las normas que regulan el usufructo establecen que al finalizar este derecho real, también se extinguen los derechos constituidos por el usufructuario, como los contratos de locación.
- Si bien las leyes especiales de arrendamiento rural no prevén expresamente la finalización de los contratos por la muerte del usufructuario-locador, ello se aplica supletoriamente según las normas del Código Civil y Comercial.
- Dado que los inmuebles son rurales, se amplía el plazo de desalojo de 10 a 40 días para permitir a los ocupantes retirar adecuadamente sus pertenencias.
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