GALLO GLORIA ENCARNACION c/ EMPRESA DE TRANSPORTES AZUL SATA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda por falta de pruebas sobre la ocurrencia del accidente denunciado.
Daños y perjuicios por un accidente ocurrido mientras viajaba como pasajera en un colectivo de la empresa demandada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Los jueces consideraron que no había pruebas suficientes que acreditaran la ocurrencia del accidente narrado por la actora, ni que las lesiones que presentaba hubieran sido causadas durante el viaje. Destacaron que incluso si se hubiera producido el accidente por el hecho de un tercero, se trataría de un caso fortuito que rompería el nexo causal.
"Contrariamente a lo que señala el Sr. Juez, no encuentro en este expediente elementos que permitan concluir que efectivamente se produjo el accidente narrado en la demanda. (...) No paso por alto que la perito médica designada de oficio, luego de examinar a la demandante, da cuenta que "a nivel cutáneo se observan en cadera izquierda y nalga izquierda dos formaciones de 1.5 mm de diámetro, rojizas, compatibles con proceso extrusivo de cuerpo extraño. A nivel de miembro superior izquierdo se observan una gran cantidad de cicatrices hipopigmentadas, de un tamaño algo mayor 2 mm de diámetro, en los lugares donde se extruyeron astillas de vidrio" (ver f. 149) Sin embargo, esas lesiones
- algunas de las cuales ni siquiera fueron explicitadas en la demanda
- sólo permitirían inferir que la actora sufrió aquéllas con la rotura de un vidrio pero no necesariamente prueban que se produjeran durante la ejecución del contrato de transporte."
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