OCHOA GOMEZ, ANIBAL OCTAVIO Y OTRO c/ MICROOMNIBUS PRIMERA JUNTA SA LINEA 324 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores reclamaron indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral. Se declara la nulidad de la cláusula de franquicia del contrato de seguros, haciéndola inoponible a la víctima. Se establecen los intereses a aplicar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para el cálculo de las indemnizaciones por incapacidad o muerte se deben utilizar fórmulas matemáticas que permiten una proyección razonable, sin perjuicio de las particularidades del caso.
- El daño moral se determina prudencialmente, atendiendo a las circunstancias personales de cada víctima y a la magnitud del daño sufrido.
- La cláusula de franquicia en el contrato de seguro obligatorio es nula por ser abusiva y contraria al orden público.
- Los intereses deben fijarse a una tasa que refleje el costo del dinero en el mercado para compensar adecuadamente a la víctima.
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