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MURRIE CINTIA ELEONOR Y OTRO c/ HOSPITAL BRITANICO DE BUENOS AIRES s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una negligencia médica durante la atención de su hija recién nacida. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Dano moral Responsabilidad medica Incapacidad Gastos de tratamiento Quemadura quimica

Daños y perjuicios por deficiente atención médica a la recién nacida, que sufrió una quemadura química por extravasación de gluconato de calcio.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la responsabilidad del hospital por la tardía detección de la extravasación y la consecuente quemadura. Se aumentaron los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (de $400.000 a $550.000) y daño moral (de $300.000 a $400.000). Se rechazó el reclamo por daño psicológico de la madre. Fundamentos principales:
- La responsabilidad de los profesionales médicos se evalúa en términos de culpa, y la carga de la prueba recae sobre el paciente.
- En este caso, el perito concluyó que hubo demora en la detección de la extravasación, lo que agravó el daño. Esto configura una falta de diligencia del servicio de enfermería.
- El daño moral de la víctima directa es indemnizable, pero no el de los padres, aplicando por analogía el art. 1078 del Código Civil.
- Los gastos de tratamiento y rehabilitación son resarcibles, aunque no haya prueba documental, si son razonables.

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