AIELLO VALERIA FERNANDA c/ METROVIAS SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó a la empresa de transporte ferroviario Metrovías por daños sufridos al ser impactada por una piedra arrojada por terceros en una de sus formaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena a Metrovías, aunque modificó parcialmente los montos indemnizatorios.
Daños y perjuicios por lesiones sufridas al ser impactada por una piedra arrojada por terceros en un tren de la demandada
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena a Metrovías, concluyendo que el hecho no constituyó un evento imprevisible o irresistible que exima a la empresa de responsabilidad. Respecto a los montos indemnizatorios, la Cámara los confirmó parcialmente, modificando algunas partidas en base a los informes periciales.
Fundamentos principales:
- La empresa no logró probar que el arrojamiento de piedras al tren fue un hecho imprevisible e irresistible que la exima de responsabilidad, pues este tipo de hechos son conocidos y reiterados.
- Corresponde indemnizar el daño físico, estético y psicológico acreditados en el peritaje médico, aunque moderando algunas partidas.
- Procede el resarcimiento por daño moral dado el sufrimiento y lesiones físicas acreditadas.
- Los intereses deben calcularse aplicando la tasa activa del Banco Nación desde la fecha del hecho.
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