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IBARRA CARLOS GUILLERMO c/ D.O.T.A. S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor reclamó daños por un accidente de tránsito, pero la Cámara Nacional de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda al entender que la culpa exclusiva fue de la víctima por no respetar la prioridad de paso del vehículo que circulaba por la derecha.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Prioridad de paso Pericia mecanica Culpa de la victima

Daños y perjuicios por accidente de tránsito
- Decisión: Se rechazó la demanda. La Cámara consideró que el actor tuvo la exclusiva responsabilidad al no respetar la prioridad de paso del vehículo que circulaba por la derecha (el colectivo), conforme al art. 41 de la Ley de Tránsito 24.449. La testigo ofrecida por el actor fue considerada insuficiente para acreditar su versión, y la pericia mecánica confirmó que el rodado del actor impactó al colectivo. Por lo tanto, se aplicó la eximente de responsabilidad por culpa de la víctima prevista en el art. 1113 del Código Civil.

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