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BLANCO, LUIS MARIA c/ SELVATICI, CLAUDIO ENRIQUE Y OTROS s/DIVISION DE CONDOMINIO

El actor promovió demanda por división de condominio sobre un inmueble. La Cámara confirmó la sentencia que ordenó la división del condominio tras un plazo para que las partes acuerden la forma de división.

Division de condominio Expresion de agravios Forma de division Venta judicial


- Actor: Luis María Blanco
- Demandados: Claudio Enrique Selvastici, María de los Angeles Incio y Verónica Lucía Incio
- Objeto: División de condominio sobre inmueble sito en calle Acevedo 560, CABA
- Decisión: La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, fijando un plazo de 60 días para que las partes adjunten un acuerdo sobre la división, bajo apercibimiento de proceder a la venta judicial.
- El tribunal consideró que la expresión de agravios del actor no constituía una crítica razonada y que el plazo otorgado era acorde al proceso de división de condominio. Por lo tanto, confirmó la sentencia apelada. Fundamentos relevantes: "La expresión de agravios en examen no refuta total o parcialmente las conclusiones establecidas en la sentencia, no constituyendo en los términos del artículo 265 del CPCC ya señalado , una verdadera crítica razonada , el agraviado ha omitido realizar un ataque directo y pertinente a la fundamentación del decisorio en crisis, solamente se ha limitado a expresar una mera y simple disconformidad." "El artículo 676 del CPCC dispone que ' la sentencia deberá contener, además de los requisitos generales , la decisión expresa, cuando fuere posible, sobre la forma de división, de acuerdo a ka naturaleza de la cosa'."

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