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V.H. A. C. c/ C. J. A. s/LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

El actor promovió demanda por liquidación de sociedad conyugal. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y declaró que el inmueble de la calle P. es de carácter ganancial, fijando un canon locativo a favor de la actora.

Canon locativo Recompensa Bien propio Bien ganancial Liquidacion sociedad conyugal


- Actor: A. V. H. C.
- Demandado: C. J. A.
- Objeto de la demanda: Liquidación de sociedad conyugal
- Decisión del tribunal:
- Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia
- Se declara que el inmueble de la calle P. es de carácter ganancial
- Se fija un canon locativo de $2.000 mensuales a favor de la actora desde el 18/4/2013
- Se establece una recompensa a favor de la sociedad conyugal por el pago de 82 cuotas de la hipoteca del inmueble de la calle T.
- Se confirma lo demás decidido en primera instancia Fundamentos:
- El inmueble de la calle T. es de carácter propio del demandado al haber sido adjudicado cuando era soltero, aunque la escritura se haya realizado durante el matrimonio.
- El inmueble de la calle P. es de carácter ganancial, ya que no se probó que los fondos para su adquisición fueran propios del demandado.
- Corresponde fijar un canon locativo por el uso exclusivo del inmueble de la calle P. por el demandado desde la separación de hecho.

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