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ARIAS MARCELA ALEJANDRA Y OTROS c/ YENNI JOSE ANTONIO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La familia de la víctima reclamó indemnización por daños y perjuicios tras el fallecimiento de su esposo y padre. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por daño moral y psicológico.

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Indemnización por daños y perjuicios tras el fallecimiento del esposo y padre en un accidente de tránsito
- Decisión: Se confirmó el monto de la indemnización por "valor vida", pero se aumentaron las sumas concedidas por daño moral y psicológico. Se estableció un interés del 8% anual hasta la sentencia y luego la tasa activa.
- Fundamentos:
- La vida humana no tiene valor económico en sí misma, sino en cuanto a las consecuencias que su pérdida genera en el patrimonio de los damnificados. Se fijaron pautas para determinar el "valor vida".
- Los hijos menores y la cónyuge tienen presunción de daño, mientras que los hijos mayores y padres deben acreditar el perjuicio patrimonial.
- El daño moral debe ser fijado prudencialmente por el juez, atendiendo a las particularidades de cada caso.
- Lo percibido de la ART debe deducirse de la indemnización, para evitar un doble resarcimiento.

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