DE ERRASTI CARMEN AURI c/ VALSUGANA SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Declaración de caducidad de la segunda instancia de la apelación por inactividad procesal. La Cámara confirma la declaración de caducidad al considerar que transcurrió el plazo legal.
¿Quién es el actor?
DE ERRASTI CARMEN AURI
¿A quién se demanda?
VALSUGANA SRL
- Objeto de la demanda: DAÑOS Y PERJUICIOS
¿Qué se resolvió?
Se declara la caducidad de la segunda instancia respecto del recurso de apelación concedido a la demandada, al considerar que transcurrió el plazo legal sin que la apelante haya impulsado el trámite.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El instituto de la caducidad de la segunda instancia previsto en el art. 310 inc. 2 del CPCC tiene un objetivo de desalentar la inactividad de los litigantes.
- La segunda instancia se abre a partir de la fecha de concesión del recurso de apelación, siendo obligación del recurrente activar el proceso.
- Aun cuando el juzgado tiene la carga legal de elevar el expediente al tribunal superior, el apelante no puede desentenderse del impulso del recurso que interpuso en su exclusivo interés.
- En el caso, transcurrió el plazo previsto en el art. 310 inc. 2 CPCC sin que la apelante haya realizado las diligencias necesarias para activar la segunda instancia.
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