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BORDON ADRIAN ESTEBAN c/ GALLUZO NESTOR Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El perito ingeniero mecánico apeló la regulación de honorarios que aplicó el límite del 25% previsto en el Código Civil y Comercial. La Cámara revocó la decisión y sostuvo que los honorarios deben regularse de acuerdo al arancel, sin aplicar dicho límite.

Costas Honorarios profesionales Doctrina de los actos propios Arancel Limite 25


- Actor: Bordon Adrian Esteban
- Demandado: Galluzo Nestor y otro
- Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito
- Decisión: La Cámara revocó la decisión que aplicaba el límite del 25% a los honorarios del perito, y sostuvo que éstos deben regularse conforme al arancel, sin aplicar dicho límite. La Cámara consideró que, habiéndose arribado a un acuerdo entre las partes sobre los honorarios de los letrados, la aseguradora demandada no puede pretender ahora la aplicación de la norma que limita las costas, en aplicación de la doctrina de los actos propios.

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