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VILLASANTI JULIO JACINTO Y OTROS c/ RAIMONDI EDUARDO ALBERTO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores demandaron por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios planteados por las partes.

Accidente de transito Dano moral Responsabilidad civil Dano psicologico Legitimacion activa

Julio Jacinto Villasanti Cisterna, Norma Andrea Moradas y Abel Guillermo Vieitas demandaron a Eduardo Humberto Raimondi y su aseguradora "Federación Patronal Seguros S.A." por los daños sufridos cuando las hijas menores de los actores, Margarita Villasanti y Brisa Nahir Vieitas, fueron embestidas por la camioneta conducida por Raimondi en una playa pública. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda al considerar acreditado el contacto entre el vehículo y las niñas, y que el demandado no logró probar causal eximente de responsabilidad. Condenó a Raimondi y su aseguradora al pago de indemnizaciones por daño moral, tratamiento psicológico y gastos médicos. En apelación, la Cámara confirmó la sentencia, señalando que el demandado y su aseguradora no lograron desvirtuar la responsabilidad atribuida, y consideró razonables las sumas indemnizatorias fijadas en primera instancia. Rechazó el reclamo de inconstitucionalidad del art. 1078 del Código Civil respecto a la legitimación de los padres para reclamar daño moral.

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