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VILLASANTI JULIO JACINTO Y OTROS c/ RAIMONDI EDUARDO ALBERTO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores demandaron por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios planteados por las partes.

Accidente de transito Dano moral Responsabilidad civil Dano psicologico Legitimacion activa

¿Qué se resolvió en el fallo?

Julio Jacinto Villasanti Cisterna, Norma Andrea Moradas y Abel Guillermo Vieitas demandaron a Eduardo Humberto Raimondi y su aseguradora "Federación Patronal Seguros S.A." por los daños sufridos cuando las hijas menores de los actores, Margarita Villasanti y Brisa Nahir Vieitas, fueron embestidas por la camioneta conducida por Raimondi en una playa pública. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda al considerar acreditado el contacto entre el vehículo y las niñas, y que el demandado no logró probar causal eximente de responsabilidad. Condenó a Raimondi y su aseguradora al pago de indemnizaciones por daño moral, tratamiento psicológico y gastos médicos. En apelación, la Cámara confirmó la sentencia, señalando que el demandado y su aseguradora no lograron desvirtuar la responsabilidad atribuida, y consideró razonables las sumas indemnizatorias fijadas en primera instancia. Rechazó el reclamo de inconstitucionalidad del art. 1078 del Código Civil respecto a la legitimación de los padres para reclamar daño moral.

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