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A. R. D. c/ P. A. DE R. DE T. s/D. Y P. (ACCIDENTE DE TRABAJO)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia que había condenado a la aseguradora de riesgos del trabajo, al considerar que la responsabilidad corresponde al gobierno provincial como empleador autoasegurado.

Accidente de trabajo Excepcion de falta de legitimacion pasiva Responsabilidad del empleador Autoaseguro Presuncion de conocimiento de la ley

Reparación integral de los daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo como funcionario policial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Civil revocó la sentencia de primera instancia que había condenado a la aseguradora, al considerar que la responsabilidad corresponde al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires como empleador autoasegurado, con posterioridad a la rescisión del contrato de afiliación entre la provincia y la aseguradora. Los jueces señalaron que una vez publicada y vencidos los plazos, la ley se reputa conocida por todos, sin que los particulares puedan invocar su ignorancia. Por lo tanto, no era necesaria que la aseguradora aportara prueba documental de la normativa invocada.

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