R. M. F. c/ R. M. L. s/RENDICION DE CUENTAS
La actora promovió demanda por rendición de cuentas respecto de bienes en condominio con su hermano. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que ordenó la rendición de cuentas por el período de enero de 2000 hasta la fecha de interposición de la demanda.
¿Quién es el actor?
M.L.R. de Nogueira
¿A quién se demanda?
M.F.R. (hermano de la actora)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Rendición de cuentas de bienes en condominio
¿Qué se resolvió?
Se ordenó al demandado rendir cuentas por el período de enero de 2000 hasta agosto de 2005 (fecha de interposición de la demanda), por la proporción del condominio extinguida respecto del usufructo a favor del padre fallecido. La Cámara consideró que el convenio celebrado entre las partes en 1994 y la entrega de documentación en 2000 configuraron una rendición de cuentas extrajudicial aprobada tácitamente por la actora. Por ello, confirmó el límite temporal fijado en primera instancia para la rendición de cuentas judicial.
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