ARDITI, GUSTAVO MARCELO Y OTRO c/ ORUGA FILMS SA s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
Los arquitectos demandaron a la empresa por cobro de honorarios profesionales por la realización de un proyecto de construcción. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó el monto de los honorarios por el trabajo efectivamente realizado.
Cobro de honorarios profesionales por la realización de un proyecto de construcción
¿Qué se resolvió?
Se modificó el monto de los honorarios, reconociendo sólo los correspondientes al 60% del trabajo efectivamente realizado, es decir, la etapa de proyecto. Se rechazó el reclamo por los trabajos pendientes de ejecución, al considerar que el contrato se resolvió por una imposibilidad sobreviniente ajena a las partes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal consideró que la relación entre las partes era de locación de obra, no de una sociedad como alegaba la demandada.
- Respecto a la frustración del negocio, se entendió que el contexto económico y la dificultad de conseguir financiamiento configuraron una imposibilidad sobreviniente que llevó a la resolución del contrato. Por ello, sólo correspondía remunerar el trabajo efectivamente realizado en la etapa de proyecto.
- Se aplicó el Decreto Ley 7887/55 para determinar los honorarios correspondientes al 60% del trabajo realizado, es decir, dólares 78.100,25.
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