G. S., M. F. c/ CONS DE PROP PEÑA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la denuncia y trámite del procedimiento previsto por el art. 482 del Código Civil derogado iniciado por el consorcio demandado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda e impuso al consorcio el pago de una indemnización por daño moral.
Daños y perjuicios por la denuncia y trámite del procedimiento previsto por el art. 482 del Código Civil derogado, iniciado por el consorcio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al consorcio a pagar a la actora la suma de $50.000 en concepto de daño moral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El consorcio denunció a la actora con el argumento de que presentaba una disminución de sus facultades mentales que le resultaba limitante y autovalía y que generaba riesgo para sí o terceros. Sin embargo, el informe interdisciplinario concluyó que la actora no presentaba cuadro psicopatológico alguno y que no existían razones que justificaran su internación.
- El tribunal consideró que si bien existían conflictos de convivencia entre la actora y algunos vecinos, ello no justificaba realizar una denuncia tan grave, que causó un daño moral a la actora al cuestionar su capacidad.
- Al momento de fijar el monto indemnizatorio, el tribunal tuvo en cuenta la particular personalidad conflictiva de la actora, su edad y condiciones socioeconómicas, considerando adecuada la suma de $50.000 fijada en la sentencia de primera instancia.
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