DIAZ JOSE LUIS Y OTROS c/ EMPRESA TRANSPORTE AUTOMOTOR SRL (ETA SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores demandaron por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando la indemnización por daño moral concedida a uno de los actores y declarando la oponibilidad de la franquicia del seguro obligatorio a los demandantes.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
- Se revoca la indemnización por daño moral otorgada a José Luis Díaz
- Se declara que la responsabilidad de la aseguradora citada en garantía no puede exceder los límites del seguro, siendo oponible la franquicia pactada a los actores
- Se confirma el resto de la sentencia de primera instancia
Fundamentos principales:
- El perito psicólogo descartó que el accidente haya generado incapacidad psicológica o necesidad de tratamiento en los actores.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema establece que la franquicia del seguro obligatorio es oponible al tercero damnificado, por lo que se aparta del criterio del plenario anterior.
- Se declara la inconstitucionalidad de la reglamentación de la Superintendencia de Seguros que imponía la franquicia, por desnaturalizar el seguro obligatorio.
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