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G., J. R. c/ G., P. W. s/REVOCACION DE DONACIONES

El actor promovió demanda por revocación de donaciones por ingratitud de su hijo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Prescripcion Cosa juzgada Personas mayores Revocacion de donacion Ingratitud Deber de alimentos


¿Quién es el actor?

J. R. G.

¿A quién se demanda?

P. W. G. (hijo del actor)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revocación de donaciones por ingratitud (negativa a pasar alimentos)

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda de revocación de donaciones. Fundamentos principales:
- Se rechazó el planteo de caducidad y prescripción, ya que el plazo anual para accionar por revocación se renueva constantemente mientras subsista la negativa a pasar alimentos.
- Existe cosa juzgada respecto a la necesidad de alimentos del actor y la capacidad económica del demandado, lo cual acredita la ingratitud.
- La negativa a prestar alimentos configura una causal de ingratitud especialmente reprochable cuando el donatario es el hijo.
- El Estado argentino tiene el compromiso internacional de proteger a las personas mayores de prácticas como el abandono o la negación de nutrición.

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