L C. A. DE R. D. T. ART S.A. c/ S. DE C. SRL Y OTROS s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y confirmó el reclamo por el cobro de sumas adeudadas por un accidente de tránsito.
¿Quién es el actor?
L. C. A. de R. del T. ART SA
¿A quién se demanda?
S. de C. S.R.L y P. M. de S. del T. P. de P.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recupero de sumas abonadas en concepto de prestación por incapacidad laboral permanente y parcial del Sr. R.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad de la demandada por la colisión entre la bicicleta del Sr. R. y el ómnibus de la empresa. Modificó la sentencia en cuanto a la tasa de interés, aplicando la tasa activa desde que la actora efectuó cada pago o prestación asistencial hasta el efectivo pago de la condena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La normativa del artículo 1113 del Código Civil atribuye responsabilidad objetiva al demandado, quien debe acreditar las eximentes.
- La circulación del ciclista por la ruta, si bien podría implicar una infracción, no tuvo incidencia causal en el accidente.
- La aplicación de la tasa activa cartera general del Banco Nación es procedente desde que se efectuaron los pagos hasta el efectivo pago, sin aplicar intereses moratorios a doble tasa.
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