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BERTRAND , OSCAR ALBERTO Y OTRO c/ EHGARTNER , CLAUDIO GERARDO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo el monto otorgado en concepto de tratamiento psicoterapéutico, además de declarar la inoponibilidad de la franquicia a los actores.

Accidente de transito Danos y perjuicios Incapacidad Seguro de responsabilidad civil Franquicia Tratamiento psicoterapeutico

Daños y perjuicios por accidente de tránsito sufrido por Jesús María Bertrand

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto otorgado en concepto de tratamiento psicoterapéutico a $12.500 y declarando la inoponibilidad de la franquicia a los actores. Confirmó el resto de la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a la incapacidad, el perito médico concluyó que Jesús María Bertrand presentaba una incapacidad parcial y permanente del 4%, lo cual acreditó el daño.
- En cuanto al tratamiento psicoterapéutico, si bien el actor no presentaba incapacidad psicológica, el perito recomendó un tratamiento para la elaboración del evento traumático, por lo que corresponde una indemnización reducida a $12.500.
- La Cámara declaró la inoponibilidad de la franquicia a los actores, en base al plenario "Obarrio" y a la Resolución 39.927 de la Superintendencia de Seguros, que estableció el reembolso del descubierto por parte del asegurador.

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