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P E C c/ CROMWELL COOPERATIVA DE CREDITO CONSUMO Y VIVIENDA Y OTROS s/NULIDAD DE ACTO JURIDICO

La actora impugnó la venta de un inmueble por lesión subjetiva, pero la Cámara Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se acreditó la desproporción de las prestaciones.

Carga de la prueba Valor del bien Cosa juzgada penal Precio vil Nulidad por lesion subjetiva


¿Quién es el actor?

Elena Cristina Palmucci
- Demandados: Cromwell Cooperativa de Crédito Consumo y Vivienda Limitada, Juan Bautista Arispe, Bernardo Calandra Demolitsas, y Silvina Laura Sívori

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de acto jurídico por lesión subjetiva, nulidad de la escritura pública de compraventa y reclamo de indemnización de daños

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda. El tribunal consideró que si bien el precio de venta era bajo, debían sumarse los montos de los embargos que pesaban sobre el inmueble, y la actora no demostró el valor real del bien al momento de la venta, por lo que no se configuró la desproporción de las prestaciones requerida para la lesión subjetiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La acción de nulidad por lesión subjetiva debe dirigirse contra la parte que obtiene la ventaja desproporcionada, no contra el representante.
- La sentencia penal firme fijó ciertos hechos, como la existencia previa de deudas de la actora, que deben respetarse en la instancia civil.
- La actora no acreditó el valor del inmueble al momento de la venta, incumpliendo la carga de la prueba, por lo que no se configuró el elemento objetivo de la lesión.

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